martes, 5 de enero de 2021

Aumenta 100% el impuesto sobre adquisición de inmuebles en Tijuana


 

Como es costumbre, cada inicio de año trae consigo aumento de impuestos y 2021 no es la excepción. En Baja California, nuestros diputados aprobaron para Tijuana un aumento al impuesto municipal sobre adquisición de inmuebles (ISAI). Comparativamente con el año anterior, este aumento será del 100% en la tarifa.

 

El ISAI es un impuesto que se causa al enajenarse un bien inmueble. Por ejemplo, una compraventa, donación, herencia, prescripción positiva, etc. En esencia, todo acto por el cual hay un cambio de propietario. El adquirente o nuevo propietario del inmueble es quien debe de pagar el impuesto.

 

Durante años, la tasa del ISAI ha sido 2%, la cual se aplica al valor de la propiedad. Dicha tasa está prevista en el artículo 75 BIS B de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Baja California. Así pues, si en una compraventa de una casa el avalúo daba un valor de 4 millones de pesos, el impuesto a pagar era de 80 mil pesos.

 

Sin embargo, mediante la Ley de Ingresos del Municipio de Tijuana para el ejercicio fiscal de 2021, los legisladores aumentaron la tasa, y ese aumento puede llegar a ser superior al 100%. Hasta 2020, la tasa era  del 2%. Ahora, dependiendo del valor del inmueble, la tasa puede variar desde el 1.5% hasta el 4.5% Y no solo eso, también incluyeron una sobretasa del 0.4% para apoyar el fomento deportivo y educacional.

 

Así pues, siguiendo con el mismo ejemplo de la venta de una casa en 4 millones de pesos, conforme las nuevas tarifas, para 2021, el comprador tendrá que pagar por concepto de ISAI y su sobretasa, un total de 147 mil pesos.

 

Lo curioso del tema es que este aumento solo se dio para Tijuana. En el resto de los municipios del Estado seguirán pagando la misma tasa del 2%, ya que en sus leyes de ingresos municipales no hubo incremento. Es decir, el mismo Congreso de Baja California, aprobó que para el 2021, los residentes de Tijuana paguen hasta más del doble que en otros municipios. ¿Cuál es la razón? ¿Por qué las personas físicas y morales de Tijuana deben de sufrir una mayor carga tributaria? Los diputados no dieron justificación o explicación sobre el tema.

 

Este trato desigualitario violenta el artículo 31 fracción IV de la Constitución Federal, el cual ordena que las contribuciones deben de ser proporcionales y equitativas. Quien se vea perjudicado con el pago del ISAI en Tijuana, puede defender sus derechos mediante el juicio de amparo, a fin de que pague lo mismo que un residente de Mexicali, Ensenada, Tecate o Playas de Rosario.

 


lunes, 4 de enero de 2021

Nuevo impuesto a las herencias y donaciones en Tijuana B.C.

 



 

En México tenemos tiempo debatiendo si debe crearse un impuesto por los bienes que se reciban mediante una herencia, similar a lo que hacen otros países de primer mundo donde sí se grava ese ingreso.  El tema se ha discutido por años.

 

Pues bien, los diputados de Baja California llevaron a cabo una reforma que entró en vigor el 1 de enero de 2020, con la cual, para efectos prácticos, se introduce un nuevo impuesto por los bienes inmuebles que se reciban mediante herencia o donación en el municipio de Tijuana.

 

Hasta antes de esta reforma recién aprobada,  no se generaba impuesto por la transferencia de bienes inmuebles que se recibían por herencia o donación, entre cónyuges, padres o hijos.  Es decir,  no se pagaban el impuesto municipal sobre adquisición de inmuebles (ISAI) establecido en el artículo 75 BIS B de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Baja California, equivalente al 2% del valor del inmueble. Conforme dicho beneficio, si un padre donaba o heredaba a sus hijos un bien inmueble, se aplicaba una tasa simbólica del cero por ciento, por lo que no se tenía que pagar el ISAI.

 

Sin embargo, los legisladores de Baja California recién expidieron la Ley de Ingresos del Municipio de Tijuana para el ejercicio fiscal de 2021, en la cual, se establece en su artículo 8, que las nuevas tarifas ahí previstas serán las únicas aplicables y no se tomarán en cuenta las tarifas más benéficas del artículo 75 BIS B de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Baja California.

 

Esta reforma impactará fuertemente a todos aquellos que reciban herencias o donaciones de inmuebles en Tijuana. Por ejemplo, supongamos que en el 2020 un padre le donó o heredó una casa a sus hijos. Al recibir el inmueble, los hijos no tendrían que pagar el ISAI. Sin embargo, con la reforma en comento, en el 2021 tendrán que pagar un impuesto con tarifas de hasta un 4.5% sobre el valor del inmueble.

 

Independientemente de si es justo o no que una persona pague impuestos por los bienes que se reciban mediante herencia o donación, aquí vemos un claro trato desigualitario, ya que esto solo aplica para los residentes de Tijuana. Si otra persona recibe una propiedad por donación o herencia en Mexicali o Ensenada, no tendrá que pagar el ISAI, pues le seguirá aplicando el beneficio de la tasa cero. ¿Por qué razón se cobra este impuesto solo a los residentes de Tijuana y no a los otros municipios?

 

Este trato inequitativo violenta el artículo 31 fracción IV de la Constitución Federal, el cual ordena que las contribuciones deben de ser proporcionales y equitativas. Quien se vea perjudicado con el pago del ISAI con motivo de una herencia o donación en Tijuana, puede defender sus derechos mediante el juicio de amparo.