El
pasado 27 de septiembre se publicó una reforma controversial a la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Baja California (Ley
de Responsabilidades), mediante la cual, se obliga a todos los funcionarios de
primer nivel del Estado, a someterse anualmente a un examen antidoping.
Conforme
a la nueva redacción de los artículos 4 y 46 de la Ley de Responsabilidades,
todos los servidores públicos de importancia en el Estado, entre ellos el
Gobernador y sus Secretarios de Gabinete, Procurador General de Justicia,
Jueces, Magistrados, Diputados, Presidentes Municipales, Síndicos y Regidores, deberán de someterse a mas tardar el 31 de
marzo de cada año, a un examen para la detección de drogas de abuso.
La
ley considera como drogas de abuso, a los enervantes, estupefacientes,
sustancias psicotrópicas u otras que produzcan efectos similares.
Ahora
bien, ¿que pasará si algún funcionario no se hace el antidoping? o ¿qué pasará
si se hace el examen y da positivo en el mismo? En estos dos casos, dichas
faltas se considerarán como graves, y se le iniciará un procedimiento de
responsabilidad administrativa, en el cual se le puede imponer alguna de las
siguientes sanciones:
I.- La amonestación: Es la advertencia
hecha sobre las consecuencias de la conducta cometida, apercibiéndole la
imposición de una sanción mayor en caso de reincidencia;
II.- La suspensión: Consiste en la
separación temporal, que no podrá exceder de treinta días del cargo, privando
al servidor público del derecho a percibir la remuneración a que tenga derecho;
III.- La destitución: Consiste en la
separación definitiva del cargo; y
IV.- La inhabilitación: Consiste en la
imposibilidad temporal para obtener y ejercer el cargo, en el servicio público,
la cual puede llegar hasta dos años.
Una
vez analizado lo anterior hay que preguntarnos, ¿Qué tan necesaria es esta
reforma? Es decir, ¿tenemos un problema de drogadicción entre los funcionarios
públicos del Estado? La verdad es que no recuerdo ningún solo caso en los
últimos diez años, en el que un funcionario importante de Baja California haya
sido acusado de usar drogas y mucho menos de dar positivo en un examen
antidoping.
Si
revisamos leyes similares, tenemos que en materia federal, la Ley Federal de
Responsabilidades de los Servidores Públicos no obliga a los funcionarios a
realizarse un examen antidoping.
Hay
posturas a favor de hacer este tipo de exámenes, pero también podemos encontrar
posturas en contra, veamos las más importantes:
I. Postura
a favor: Las drogas son ilegales, por
lo que, los funcionarios públicos deben de poner el ejemplo de que ellos sí
cumplen la ley. La sociedad tiene el derecho de someterlos a un comportamiento
de mayor altura. Si ellos violan la ley, tenemos el derecho de saberlo. Postura
en contra: Es falso que todas las drogas sea ilegales, las leyes penales mexicanas
permiten su consumo en dosis pequeñas. El resto de la sociedad no se tiene que
someter a un examen anual como parte de sus obligaciones laborales, entonces
¿por qué obligar a cierto grupo de personas a dicho examen? El mal
comportamiento de los funcionarios públicos dentro de sus vidas privadas no
debe de tener injerencia en su desempeño laboral.
II. Postura
a favor: Los políticos hacen decisiones
en nuestra representación, y ejercen el gasto público que se obtiene con
nuestros impuestos, por ello, la sociedad tiene el derecho de fijar candados
para prevenir que tomen decisiones importantes bajo la influencia de drogas.
Los resultados en la efectividad de un funcionario público quizá no sean
visibles, sino hasta que se cometa un error –producido por el uso de drogas-, y
entonces ya será demasiado tarde, por ello es recomendable hacer exámenes
periódicos, de esta forma se previene un probable problema. Postura en contra: Las drogas afectan a
tres tipos de personas. Primeramente, afecta a las personas que no consumen
drogas, y estas personas son afectadas innecesariamente por la práctica anual
del examen antidoping. En segundo término, afecta a las personas que sí
consumen drogas en pequeñas dosis en sus tiempos libres, pero ello no afecta la
calidad de su trabajo, entonces, si no tienen un mal desempeño ¿Por qué debería
de importarnos si consumen drogas? En tercer término, hay personas que sí
consumen drogas en exceso y ello se ve claramente en su pobre desempeño
laboral, por eso no se necesitan exámenes antidoping para darnos cuenta de esta
situación; así pues, los funcionarios que no dan los resultados requeridos
pueden ser despedidos.
III. Postura
a favor: No es una medida injustificada
si se maneja como una política pública, la cual es conocida previamente por
aquella persona que desea trabajar como servidor público. Postura en contra: Hacer un examen antidoping sin que exista una
sospecha de consumo que lo justifique, es calificado como una violación al
derecho humano de privacidad de una persona, el cual está protegido en la
Constitución y tratados internacionales.
IV. Postura
a favor: La sociedad tiene derecho a
saber sobre las acciones de nuestros gobernantes en sus vidas privadas; es más,
no se trata de un tema exclusivamente privado, pues no se trata de establecer
una rectitud moral o preferencia social, se trata de asegurar que un acto
ilegal –el consumo de drogas- no se esté llevando a cabo ¿En verdad es algo
desfachatado pedirle a las personas que nos gobiernan que cumplan con las
leyes? Postura en contra: Los
servidores públicos, como el resto de las personas, deben de ser juzgados por
su desempeño y la calidad de su trabajo, no por los actos dentro de sus vidas
privadas. Si se les va aplicar el antidoping, bajo la misma lógica ¿Por qué no
revisar de una vez sus consumos de alcohol? o ¿Por qué no revisar sus vidas
privadas para ver si son fieles a sus parejas?
Como
podrán observar, se trata de un tema complicado y controversial, pero el hecho
es que el examen antidoping obligatorio ya está en ley y se tendrá que
realizar.