miércoles, 2 de octubre de 2013

OBLIGATORIO EL ANTIDOPING PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE BAJA CALIFORNIA



El pasado 27 de septiembre se publicó una reforma controversial a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Baja California (Ley de Responsabilidades), mediante la cual, se obliga a todos los funcionarios de primer nivel del Estado, a someterse anualmente a un examen antidoping.

Conforme a la nueva redacción de los artículos 4 y 46 de la Ley de Responsabilidades, todos los servidores públicos de importancia en el Estado, entre ellos el Gobernador y sus Secretarios de Gabinete, Procurador General de Justicia, Jueces, Magistrados, Diputados, Presidentes Municipales, Síndicos y Regidores,  deberán de someterse a mas tardar el 31 de marzo de cada año, a un examen para la detección de drogas de abuso.

La ley considera como drogas de abuso, a los enervantes, estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras que produzcan efectos similares.

Ahora bien, ¿que pasará si algún funcionario no se hace el antidoping? o ¿qué pasará si se hace el examen y da positivo en el mismo? En estos dos casos, dichas faltas se considerarán como graves, y se le iniciará un procedimiento de responsabilidad administrativa, en el cual se le puede imponer alguna de las siguientes sanciones:

I.- La amonestación: Es la advertencia hecha sobre las consecuencias de la conducta cometida, apercibiéndole la imposición de una sanción mayor en caso de reincidencia;

II.- La suspensión: Consiste en la separación temporal, que no podrá exceder de treinta días del cargo, privando al servidor público del derecho a percibir la remuneración a que tenga derecho;

III.- La destitución: Consiste en la separación definitiva del cargo; y

IV.- La inhabilitación: Consiste en la imposibilidad temporal para obtener y ejercer el cargo, en el servicio público, la cual puede llegar hasta dos años.

Una vez analizado lo anterior hay que preguntarnos, ¿Qué tan necesaria es esta reforma? Es decir, ¿tenemos un problema de drogadicción entre los funcionarios públicos del Estado? La verdad es que no recuerdo ningún solo caso en los últimos diez años, en el que un funcionario importante de Baja California haya sido acusado de usar drogas y mucho menos de dar positivo en un examen antidoping.

Si revisamos leyes similares, tenemos que en materia federal, la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos no obliga a los funcionarios a realizarse un examen antidoping.

Hay posturas a favor de hacer este tipo de exámenes, pero también podemos encontrar posturas en contra, veamos las más importantes:

I.                  Postura a favor: Las drogas son ilegales, por lo que, los funcionarios públicos deben de poner el ejemplo de que ellos sí cumplen la ley. La sociedad tiene el derecho de someterlos a un comportamiento de mayor altura. Si ellos violan la ley, tenemos el derecho de saberlo.  Postura en contra: Es falso que todas las drogas sea ilegales, las leyes penales mexicanas permiten su consumo en dosis pequeñas. El resto de la sociedad no se tiene que someter a un examen anual como parte de sus obligaciones laborales, entonces ¿por qué obligar a cierto grupo de personas a dicho examen? El mal comportamiento de los funcionarios públicos dentro de sus vidas privadas no debe de tener injerencia en su desempeño laboral.

II.                Postura a favor: Los políticos hacen decisiones en nuestra representación, y ejercen el gasto público que se obtiene con nuestros impuestos, por ello, la sociedad tiene el derecho de fijar candados para prevenir que tomen decisiones importantes bajo la influencia de drogas. Los resultados en la efectividad de un funcionario público quizá no sean visibles, sino hasta que se cometa un error –producido por el uso de drogas-, y entonces ya será demasiado tarde, por ello es recomendable hacer exámenes periódicos, de esta forma se previene un probable problema. Postura en contra: Las drogas afectan a tres tipos de personas. Primeramente, afecta a las personas que no consumen drogas, y estas personas son afectadas innecesariamente por la práctica anual del examen antidoping. En segundo término, afecta a las personas que sí consumen drogas en pequeñas dosis en sus tiempos libres, pero ello no afecta la calidad de su trabajo, entonces, si no tienen un mal desempeño ¿Por qué debería de importarnos si consumen drogas? En tercer término, hay personas que sí consumen drogas en exceso y ello se ve claramente en su pobre desempeño laboral, por eso no se necesitan exámenes antidoping para darnos cuenta de esta situación; así pues, los funcionarios que no dan los resultados requeridos pueden ser despedidos.

III.       Postura a favor: No es una medida injustificada si se maneja como una política pública, la cual es conocida previamente por aquella persona que desea trabajar como servidor público. Postura en contra: Hacer un examen antidoping sin que exista una sospecha de consumo que lo justifique, es calificado como una violación al derecho humano de privacidad de una persona, el cual está protegido en la Constitución y tratados internacionales.

IV.          Postura a favor: La sociedad tiene derecho a saber sobre las acciones de nuestros gobernantes en sus vidas privadas; es más, no se trata de un tema exclusivamente privado, pues no se trata de establecer una rectitud moral o preferencia social, se trata de asegurar que un acto ilegal –el consumo de drogas- no se esté llevando a cabo ¿En verdad es algo desfachatado pedirle a las personas que nos gobiernan que cumplan con las leyes? Postura en contra: Los servidores públicos, como el resto de las personas, deben de ser juzgados por su desempeño y la calidad de su trabajo, no por los actos dentro de sus vidas privadas. Si se les va aplicar el antidoping, bajo la misma lógica ¿Por qué no revisar de una vez sus consumos de alcohol? o ¿Por qué no revisar sus vidas privadas para ver si son fieles a sus parejas?

Como podrán observar, se trata de un tema complicado y controversial, pero el hecho es que el examen antidoping obligatorio ya está en ley y se tendrá que realizar.