Tenemos un nuevo aumento de impuestos a los empresarios de Baja
California. Se trata de una nueva y segunda “sobretasa” al Impuesto sobre
Remuneraciones al Trabajo Personal (ISRTP), también conocido como el impuesto
sobre nóminas.
Cuando los gobiernos necesitan mas recursos, en lugar de hacer
ajustes internos o reducir sus gastos, su única solución es aumentar la carga
fiscal de los ciudadanos. En este caso, el Congreso de Baja California reformó
la Ley de Ingresos del Estado para el ejercicio de 2022. Con la citada reforma
se introduce una nueva y segunda sobretasa del 1.25% adicional al ISRTP. Dicha
reforma entró en vigor el 1 de noviembre de 2022.
Si consideramos que la tasa original del ISRTP es de 1.80%, más la
primera sobretasa que ya existía de 1.20% (supuestamente destinada para gastos
de educación), entonces, con la segunda sobretasa del 1.25%, los causantes del
ISRTP tendrán que pagar una tasa total del 4.25%.
Según ello, la nueva sobretasa fue creada para dedicarse al
fortalecimiento de la seguridad pública y la infraestructura en el Estado. Sin
embargo, no se detalla como serán aplicados estos recursos adicionales.
Después de haberse publicado la reforma, el Gobierno del Estado
emitió un decreto en el cual exenta del pago de la nueva sobretasa, a las micro
y medianas empresas, o a las personas físicas y morales que tengan menos de 50
trabajadores en su nómina. En otras palabras, no todos pagarán el aumento, solo
aquellas empresas que benefician a su comunidad mediante el otorgamiento de
empleo a muchas personas.
Esta nueva sobretasa tiene vicios de inconstitucionalidad. Por un
lado, resulta desproporcional, ya que ahora se pagará más de sobretasa que del
impuesto original. Por otro, no se reformó el Presupuesto de Egresos de 2022,
donde se detalla como se utilizarán los recursos obtenidos mediante el pago de contribuciones;
por ello, no es claro cómo se gastarán estos nuevos recursos.
Las empresas que se vean perjudicadas con la nueva sobretasa
tienen derecho de promover un juicio de amparo. De ganarse el juicio, se les
devolverá lo que hayan pagado. Existen dos plazos para presentar la demanda de
amparo. El primero es de 30 días hábiles a partir de la entrada en vigor de la
reforma, plazo que vence el 13 de diciembre de 2022. La segunda oportunidad, es
dentro de los 15 días hábiles siguientes al primer pago que se haga de la nueva
sobretasa.
Es importante mencionar, que la nueva sobretasa solo aplicaría para
los meses de noviembre y diciembre de 2022. Sin embargo, si los legisladores reiteran
la sobretasa para 2023, en el amparo que se promueva, se puede reclamar la
sobretasa de ambos ejercicios.
Si bien es cierto que los gobernados debemos de contribuir al erario,
los impuestos deben de ser proporcionales, equitativos y destinados al gasto
público. La nueva sobretasa del impuesto sobre nóminas no cumple con estos
requisitos. Se trata de un aumento arbitrario a la carga fiscal, de por sí
pesada, a las empresas que generan empleos en el Estado. Pareciera ser que el
gobierno pretende ahuyentar la inversión, en lugar de atraerla.
Vienen elecciones y tiene el gobierno de Morena que armarse para los camiones de lo acarreados , para el frutal , para la torta , para la compra del voto etc. etc.
ResponderBorrarY eso que dijo el presidente que no iban a subir los impuestos, pero todo ha sido puuuuuras mentiras