Recientemente se aprobó una reforma a la Constitución de Baja
California, en la que se elimina el fuero de los funcionarios públicos del
Estado. Solo está pendiente que el Gobernador la publique.
El fuero constitucional, se constituyó inicialmente como una
prerrogativa pública para salvaguardar las funciones asignadas a ciertos
funcionarios, con el fin de impedir eventuales acusaciones sin fundamento
-producidas por razones de orden político- que conllevaran a la pérdida de uno
o varios de los miembros de un poder del Estado.
En Baja California y en la gran mayoría de los Estados, si un
funcionario de importancia comete un delito, antes de iniciar un proceso penal
en su contra, primero se le tiene que hacer un juicio de declaración de
procedencia o “desafuero”, en el cual, los Diputados locales determinarán si se
procede en contra del inculpado, es decir, si se le puede iniciar dicho juicio
penal ante un juzgado.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, dentro de la controversia
constitucional 70/2004, explica el desafuero de la siguiente manera:
“El procedimiento de declaración de
procedencia (conocido también como "desafuero"), en el caso de los
servidores públicos a que se refiere el primer párrafo del artículo 111 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tiene por objeto remover
la inmunidad procesal ("fuero") que la propia Constitución Federal
les atribuye para que, una vez desarrollado y, de ser el caso, queden a
disposición de las autoridades correspondientes para ser juzgados penalmente.
En ese sentido, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión decide si ha
lugar o no a desaforar, pero no juzga sobre si hay o no delito o
responsabilidad penal imputable, y si bien pueden tomarse en cuenta los
elementos de la indagatoria con base en la cual se solicita el desafuero, más
que nada valora si el servidor público debe enfrentar en ese momento el proceso
penal o no, pues se trata de una ponderación política a cargo de un órgano
político, que aunque es precedida por un antecedente penal, se erige como un
acto de soberanía del mencionado órgano legislativo que, en última instancia,
se reduce a una cuestión de tiempos para la esfera penal, pues si se remueve el
fuero constitucional, en ese momento el servidor público queda a disposición de
las autoridades correspondientes; de lo contrario, al término de su encargo -en
tanto que el fuero subsiste solamente durante su desempeño- quedará sujeto a la
disposición de las autoridades competentes, pero en todo caso será
responsabilidad de los órganos de jurisdicción penal determinar si existe
actuación ilícita punible.”
Han existido un sinnúmero de casos en que funcionarios han sido
investigados o denunciados, pero debido al fuero, resultó muy complicado procesarlos,
generándose así impunidad. Sin embargo,
con la reciente reforma, se elimina el fuero que tenían el Gobernador,
Diputados, Magistrados, Procurador de Justicia, Presidentes Municipales,
Regidores y otros servidores públicos de alto nivel. Ello significa que, si algunos
de dichos funcionarios cometieren un delito, pueden ser sujetos de un juicio
penal inmediatamente.
Todos sabemos que el gran problema de México es la corrupción, diariamente
lo vemos en la prensa. Con esta reforma, sumada al Sistema Estatal Anticorrupción
que está por aprobarse en Baja California, se podrá proceder con mayor facilidad
en contra de aquellos servidores públicos que delinquen. Felicito a nuestros
legisladores por este importante avance.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario